- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Canasta/set escolar
Útiles escolares: Los trabajadores con hijos de entre 3 y 15 años de edad tendrán derecho a percibir en febrero de cada año una partida de $1.000 por concepto de útiles escolares, la cual podrá abonarse en efectivo o en especie, a opción del empleador. Para tener derecho, el trabajador deberá solicitarlo por escrito a la empresa antes del mes de febrero y adjuntar copia de la inscripción de su hijo en un instituto de enseñanza oficial o privado.
Al fin del curso, deberá acreditar la asistencia regular a clases para poder acceder a la canasta del año lectivo siguiente. En caso de que trabajen ambos padres en la misma empresa, el beneficio no será acumulable.
La partida por concepto de útiles escolares, continuará entregándose en febrero de cada año según lo establecido en cláusula novena del acuerdo de fecha 4/11/21, pasando a ajustar por el valor del IPC correspondiente al año inmediato anterior (1° de enero - 31 de diciembre). El valor de la canasta correspondiente al año 2024 asciende $1051 ($1.000 * IPC año 2023 = 5,11%)