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Licencia por mudanza
Ronda de incorporación
Ronda vigente
11ª ronda

Décima ronda de Consejo de Salarios.

LICENCIA ESPECIAL POR TRASLADO DE DOMICILIO (MUDANZA): El trabajador tendrá derecho a un día de licencia cada dos años calendario - sin goce de sueldo- para la realización de la mudanza o los trámites derivados de esta. El trabajador deberá acreditar la actividad de manera fehaciente. (Articulo 11 del convenio realizado el día 21 de diciembre de 2023). 
 

Undécima ronda de Consejo de Salarios.  Sin perjuicio de la cláusula anterior, el trabajador tendrá derecho a un día de licencia especial remunerada una vez cada cuatro años, que no será acumulable con el día impago de la cláusula anterior.

Este día de licencia pago, se generará a partir del tercer año de trabajo cumplido en la institución. El trabajador deberá acreditar la actividad de manera fehaciente.