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Prima por antigüedad
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Prima por antigüedad
Ronda vigente
10ª ronda

A partir de la vigencia del presente acuerdo, la prima por antigüedad se calculará sobre el salario mínimo de la franja 3. En todo lo demás se mantiene la mismas condiciones establecidas en la cláusula décimo segunda del Consejo de salarios del 12/12/2016. Décima ronda de Consejo de Salarios.

Las partes convienen una prima por antigüedad equivalente al 1,5% anual calculado sobre el salario mínimo de la Franja 2, con un tope máximo de 10 años. Sexta ronda de Consejo de Salarios.