- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Viáticos
Árbitros de Fútbol Profesional vinculados a la AUF que cumplen funciones arbitrales en el ámbito de la AUF.
VIATICOS: Se acuerda, que los árbitros que participan en torneos internacionales (exceptuando los Mundiales de todas las especialidades y Copa América de Selección Mayor Masculina), cobraran el 100 % del viático fijo correspondiente a la categoría de cada árbitro por cada día en el que estén asignados en la competencia del caso. Se acuerda ajustar viático de árbitros asistentes de primera división, en línea con las escalas de viáticos fijadas en el ámbito internacional, otorgándoles el 70% del viático correspondiente a los árbitros de primera división. El Ajuste sería tanto para árbitros asistentes de primera división como para los árbitros asistentes de FIFA.
Veedores.
Fijar el viático fijo a partir del 2026 de los meses de enero y febrero para los Veedores de 1° categoría en la suma equivalente a tres partidos de la Ligas de Fútbol 11 ($ 9.600) a modo de partida fija, condicionado a que el Veedor se encuentre en condición de disponible y que no hubiere actuación efectiva del mismo en partidos en dichos meses. En caso de actuación en partidos se abonará el jornal efectivo con el complemento de la partida fija si así correspondiere hasta completar los 3 viáticos respectivos. Fijar el viático fijo a partir del 2026 para de los meses de enero y febrero para los Veedores de 2° categoría en la suma equivalente a tres partidos de la Ligas de Fútbol 11 ($ 9.000) como partida fija condicionado a que el Veedor se encuentre en condición de disponible y que no hubiere actuación efectiva del mismo en partidos en dichos meses. En caso de actuación en partidos se abonará el jornal efectivo con el complemento de la partida fija si así correspondiere hasta completar los 3 viáticos respectivos.
Partidas de viáticos para partidos de Primera División de Ligas de Primera y Segunda División a más de 250 km
En partidos por Ligas de Primera División y Segunda División Profesional que se disputen en localidades ubicadas en más de 250 km de Montevideo se abonará a partir de la temporada 2026 dos viáticos de jornal del Veedor de 1° vigente a la fecha del partido más el costo del Hotel si la Ilegada del Veedor a la localidad del evento deportivo es como mínimo por más de 4 horas previas al inicio del partido o si luego de la finalización del mismo se verifica un demora para acceder a locomoción que supera las 4 horas. El reembolso por pago del costo del Hotel se realizará bajo rendición de cuenta y cancelación correspondiente. Los hoteles a utilizar en las respectivas localidades son los actualmente seleccionados a tales efectos. En partidos disputados dentro de Montevideo con finalización posterior a las 22 hs se abonará 1 boleto interdepartamental a cada Veedor que efectivamente actúe en el partido correspondiente, salvo que reciba el viático de locomoción por partido a más de 250 km. Las partes acuerdan mantener por el período del presente Convenio Bipartito anexo al Convenio Colectivo General el régimen de pago del equivalente a 1 viático y medio de Liga de Fútbol 11, Fútbol Sala y Fútbol Playa por partidos fuera de los límites de Montevideo con más costo del boleto ASOCIACIÓN URUGUAYA DE FÚTBOL interdepartamental por locomoción en caso de utilizarse dicho medio de transporte (rendición vía tickets). Las partes acuerdan que este punto será objeto de negociación antes de la próxima ronda de los Consejos de Salarios, dada la diferencia conceptual planteada entre las mismas.