Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Sueldo anual (salario vacacional) complementario
Ronda vigente
11ª ronda
Partidas a incluir en aquellas empresas que tengan 20 o mas trabajadores en nomina.
Salario vacacional especial.
Se establece una partida de salario vacacional especial equivalente al 8.5% del monto total nominal abonado por la empresa a todos los trabajadores durante el año calendario (enero-diciembre) inmediato anterior por concepto de salarios, viaticos, comisiones y demás compensaciones de naturaleza salarial, que se dividirá entre todo el personal de forma que todos los trabajadores perciban igual salario vacacional especial.