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Nocturnidad
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Nocturnidad
Ronda vigente
3ª ronda

Nocturnidad: 

Cuando el trabajo se desarrolle en todo o en parte en horario nocturno, entendiéndose por tal la comprendida entre la hora 22 y la hora 6 del día siguiente, los trabajadores percibirán un complemento del 20% de su salario, lo cual queda consagrado como beneficio permanente