- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Presentismo
Los Conductores, Conductores Cobradores y Guardas percibirán un incentivo de presentismo equivalente a un máximo de 4 jornales sobre la base de la asiduidad de los jornales mensuales que son asignados por la empresa a cada trabajador generando el derecho a su percepción en la medida en que se produzca la asistencia completa. Las inasistencias injustificadas determinarán la pérdida progresiva del incentivo a razón del equivalente al 25% del beneficio correspondiente a la categoría por cada falta no justificada, concluyéndose que al registro de cuatro inasistencias se perderá el derecho ese mes a la percepción del incentivo. No se considerarán inasistencias injustificadas las ausencias determinadas por: a) realización de medidas gremiales dispuestas con carácter general por UNOTT y PIT CNT, b) las ausencias por enfermedad certificadas por DISSE y/o B.S.E. en tanto éstas no excedan el 50% de los jornales del mes a considerar, c) las inasistencias previstas en leyes, decretos convenios aplicables al sector y las que se incluyan en la reglamentación interna a cada empresa. d) en aquellas empresas, donde se perciba una partida con similares características a las acordadas en este convenio y en una condición más beneficiosa, se acuerda mantener ésta en los mismos niveles. El incentivo se considera salario a todos los efectos que correspondan y se ajustará en la misma forma y oportunidad que lo hagan los salarios del sector.