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Partidas específicas para la atención de la salud

Refiere a las partidas (ya sean fijas o contra presentación de gastos) destinadas exclusivamente al gasto en salud de los trabajadores y sus flias. 

Entran en este item por ejemplo, las partidas o beneficios de pago de órdenes y tickets mutuales, emergencias móviles personales (no se incluye aquí el servicio de emergencia que se pueda brindar en la empresa), partidas para lentes u otros asociados exclusivamente al cuidado de la salud. 

No se incluyen en esta categoría los beneficios otorgados por los fondos sociales ni los pagos vinculados a la cobertura de salud que se realizan cuando el trabajador utiliza el seguro por enfermedad, como es el caso del pago de los tres primeros días de enfermedad o el complemento del subsidio por enfermedad (ya que éstos están comprendidos en otras categorías).

Complemento cobertura en salud

Pago de Orden de Asistencia Médica.- Se acuerda el reembolso de una orden de asistencia médica a consultorio por mes, no acumulable, en la Instituc