- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
HORARIO DE TRABAJO DE TRABAJADORES ESTUDIANTES: Las empresas deberán adecuar, dentro de lo posible, los horarios a aquellos trabajadores que cursen estudios en UTU o Institutos de análoga naturaleza debidamente autorizados por el MEC. En dichos casos se procurará asignarles un turno fijo a los efectos de que los mismos puedan concurrir a los cursos donde deban acreditar asistencia dentro del año lectivo. Deberán en todos los casos darle prioridad al mantenimiento normal de la producción. Los trabajadores que hagan uso de este beneficio deberán acreditar la concurrencia al mismo cada vez que ello sea requerido por las empresas, y en caso de no hacerlo perderán el derecho al mismo. (Articulo 17 del convenio realizado el día 24 de noviembre de 2010).