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Ronda
4ª ronda

Compensación por Transporte. Para el caso del sector “Cerámica Artesanal” las partes acuerdan crear una compensación equivalente a $ 34,68 a partir de 1/1/2011 por jornal trabajado por concepto de transporte, la que se incrementará con el ajuste salarial del 1/1/2012 y los sucesivos, sin considerar los porcentajes que refieren a la equiparación. La compensación que se crea estará exenta de las contribuciones a la Seguridad Social. Beneficio incluido en la 4ª ronda de Consejos de Salarios de abril de 2011.

Las partes acuerdan crear un beneficio por transporte a partir del 1º de marzo de 2014 con las mismas condiciones y monto que rigen para el grupo 9 subgrupo 1. En cuanto a los aportes que correspondan efectuar a la seguridad social (empleador y trabajador) cada parte asumirá su cuota parte. Beneficio incluido en la 5ª ronda de Consejos de Salarios de abril de 2011.