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Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda vigente
1ª ronda

COMPENSACIÓN POR TRABAJO EN CÁMARAS FRIGORÍFICAS. Se determina una compensación del 20% por trabajo en cámara de stock de productos de menos de 20º C bajo cero, entendiéndose por tal, el cumplido en forma principal, habitual y permanente. La misma se calculará sobre el salario efectivamente percibido. Asimismo, percibirá la compensación del 20% el personal que desempeña el cargo de auto-elevadorista en similares condiciones a las establecidas precedentemente. (Articulo 13 del convenio realizado el día 19 de setiembre de 2005).