- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
CONDICIONES LOCATIVAS EN EL TRABAJO. Las empresas contarán con las siguientes condiciones locativas en el trabajo:
a) Vestuarios: en condiciones de uso, higiene y seguridad suficientes para el personal. Deben existir instalaciones que permitan guardar la ropa personal y de trabajo de forma tal que la una no contamine a la otra.
b) Baños y duchas: suficientes con suministro de agua fría y caliente de acuerdo a la reglamentación vigente.
c) Servicios Sanitarios: instalados, iluminados, ventilados, en condiciones de aseo, funcionamiento y conservación de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.
d) Servicio de Enfermería y Botiquín de Auxilios se aplicara lo establecido en el Decreto 682/2014.
d1) Todas las empresas deberán contratar un servicio de área protegida con empresas de emergencia médico móvil que presten un servicio de llegada inmediata y razonable a las plantas.
d2) Todas las plantas deberán contar con un botiquín de primeros auxilios completo y con ubicación específica para su uso en toda la jornada laboral. Este deberá contar con el siguiente equipamiento: a. Material médico instrumental: aparato de presión, estetoscopio, termómetro, guantes de uso médico, camilla, 2 mantas, tablillas de inmovilización de fracturas, baja lenguas, ligaduras, jeringas descartables, b. Material médico asistencial: gasa estéril, algodón hidrófilo, leucoplasto, vendas de lienzo, apósitos para quemaduras, jabón neutro, agua oxigenada de 10 volúmenes, solución antiséptica externa, analgésicos orales, colirios, pomadas analgésicas musculares, pomadas antibióticas y todo otro tipo de medicación que sea necesaria, tanto de uso general como con relación a los riesgos específicos de la empresa.
d3) En cada empresa deberá haber dos trabajadores por turno que hayan sido capacitados en primeros auxilios a costo exclusivo de la empresa y/o dentro de los proyectos de capacitación previstos por INEFOP.
(Articulo 7.5 del convenio realizado el día 23 de noviembre del 2021).