- LICENCIAS ESPECIALES
- Licencia por violencia basada en género
por violencia doméstica: El trabajador/a que sea víctima de violencia doméstica tendrá derecho a 3 días de licencia por año (el día en que realice la denuncia policial y los 2 días siguientes), en el año civil que es objeto de la violencia, no acumulable al año siguiente. Dicho trabajador/a deberá presentar copia del parte policial con intervención judicial o de la resolución judicial de donde surja la adopción de medidas, en un plazo no mayor a los 15 días posteriores a la denuncia. En caso de no hacerlo, los días le serán descontados como si se tratara de inasistencias no justificadas, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias correspondientes. La cooperativa deberá guardar absoluta reserva sobre la situación del trabajador/a afectado/a.