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Prima por antigüedad
Ronda
6ª ronda

PRIMA POR ANTIGÜEDAD El cálculo de la prima por antigüedad se hará teniendo en cuenta los siguientes parámetros: a) el derecho se genera al momento que el trabajador cumpla 3 años de antigüedad en la empresa; b) el monto será de 1% sobre el salario mínimo de la categoría Auxiliar 3ero, por cada año de trabajo; en consecuencia al tercer año de permanencia en la empresa -momento en que se genera el derecho- el cálculo del monto resultará de multiplicar la suma correspondiente al porcentaje referido, por el factor 3; al cuarto año por el factor 4 y así sucesivamente; c) el monto máximo se percibirá al 24 año de antigüedad en la empresa y permanecerá el mismo monto de allí en adelante, produciéndose únicamente las variaciones en función de la evolución del salario mínimo de la categoría Auxiliar 3ero. en consecuencia el monto máximo corresponderá a la aplicación del porcentaje referido en el literal b (1%) multiplicado por el factor 24 (Decreto No. 829/85, de 24 de diciembre de 1985, y Decreto No. 630/90, de 18 de diciembre de 1990, con la redacción dada por el Acta interpretativa 20 de octubre de 2007). Lo establecido precedentemente corresponde a los trabajadores de entidades sociales y gremiales del Departamento de Montevideo. Para el resto de los Departamentos, se aplicará la cláusula séptima del presente Acuerdo.

PRIMA POR ANTIGÜEDAD INTERIOR DEL PAÍS Las entidades sociales y gremiales con domicilio en el interior del país abonarán la prima por antigüedad establecida para el Departamento de Montevideo pero de forma progresiva, de acuerdo al siguiente escalonamiento: a) a partir de enero de 2019, abonarán la prima a aquellos trabajadores que, a dicha fecha, registren hasta 4 años de antigüedad. b) a partir de julio de 2019 abonarán la antigüedad a los trabajadores que, en ese momento, computen hasta 9 años en la institución. c) a partir de enero de 2020 se extenderá hasta los 14 años de antigüedad. d) a partir de julio de 2020 se extenderá hasta los 19 años. e) a partir de enero de 2021 se abonará hasta los 24 años, como tope máximo. Los trabajadores que ya contasen en la empresa con este beneficio en iguales o mejores condiciones que las ahora establecidas, mantendrán sin variantes sus mecanismos de percepción.