Pasar al contenido principal
Cobertura de emergencia en lugar de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Cobertura de emergencia en lugar de trabajo
Ronda vigente
4ª ronda

ÁREA PROTEGIDA. Dispóngase que en aquellas Instituciones, que en sus locales y/o dependencias cuenten con más de cinco trabajadores en su lugar habitual de trabajo, deberán tener a partir del 1ro. de Enero de 2011, un convenio de "Área Protegida" con empresas de Emergencias Móviles. (Articulo 16 del convenio realizado el día 17 de noviembre de 2010).