Licencia por duelo
Categoría
- LICENCIAS ESPECIALES
- Licencia por duelo
Ronda vigente
2ª ronda
Fallecimiento de familiar directo: en caso de fallecimiento de cónyuges, padres, hijos o hermanos, los trabajadores dispondrán de 2 días calendario y consecutivos, incluyendo el día del deceso; a partir de 200 KM del lugar de trabajo se otorgará un día más de licencia, con un máximo de cuatro días