Categoría
- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
Ronda vigente
7ª ronda
Régimen de guardias en sectores especiales.
En aquellos sectores o áreas de las empresas en los que no sea posible la interrupción del proceso productivo por la naturaleza del mismo, o por necesidades específicas, si las partes consideran esencial la continuidad del trabajo, se acordará con la organización sindical un régimen de guardias con una dotación mínima.