Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Aguinaldo extraordinario
Ronda vigente
6ª ronda
Las empresas comprendidas en el sector abonarán a su personal, a exclusión del personal que se desempeña en la categoría funcional de Peón / Zafral, un complemento equivalente al medio aguinaldo, que se calculará sumando las sumas que correspondieran a las dos oportunidades de pago dividida dos. El pago se hará efectivo en diciembre de cada año y comienza a regir para el año 2017. Las empresas que tengan acordado un régimen diferente de pago de un medio aguinaldo complementario, continuarán aplicando el mismo sea o no más beneficioso.