Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Nocturnidad
Ronda vigente
5ª ronda
Nocturnidad.
Se eleva el porcentaje de nocturnidad al 30%. Beneficio incluido en la 5ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2013.
Horas nocturnas. Se acuerda que las horas realizadas entre las 22 y las 6 se abonarán con un incremento del 20% sobre el valor hora del trabajador. En los casos de empresas que presten a su cargo, el servicio de traslado de los trabajadores en régimen de horario nocturno, la vigencia de esta disposición será retroactiva al 1º de setiembre de 2008. Para el resto regirá desde el 1º de julio de 2008. Beneficio incluido en la 3ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2008.