Ronda vigente
9º Ronda
Día adicional para exámenes génito mamarios. Las empresas otorgaran un día adicional pago al establecido en la Ley 17.242, para exámenes génito mamarios debiendo la trabajadora comunicar a la empresa la utilización del mismo con una antelación no menor a las 48 horas y en un plazo de 10 días acreditar su realización.