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Pagos extraordinarios
Ronda
7ª ronda

Compensación por Reducciones. Todos los trabajadores que realicen tareas de reducción recibirán una compensación especial de $ 500 por cada 7 reducciones. Dicha compensación será reajustada en oportunidad de realizarse los ajustes previstos en las cláusulas sexta a novena del presente convenio. Para ello se habrá de tomar en cuenta el porcentaje de aumento fijado para los salarios superiores al mínimo de su categoría. Beneficio incluido en la 3ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2008.

Todos los trabajadores que realicen tareas de reducción recibirán una compensación especial de $ 650 por cada reducción. Dicha compensación será reajustada en oportunidad de realizarse los ajustes previstos en las cláusulas sexta a novena del presente convenio. Para ello se habrá de tomar en cuenta el porcentaje de aumento fijado para los salarios superiores al mínimo de su categoría. Beneficio incluido en la 4ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2010.

Todos los trabajadores que realicen tareas de reducción recibirán una compensación especial de $ 855 por cada reducción. Dicha compensación será reajustada en oportunidad de realizarse los ajustes previstos en el presente convenio. Para ello se habrá de tomar en cuenta el porcentaje de aumento fijado para los salarios superiores al mínimo de su categoría (sobrelaudos). Beneficio incluido en la 5ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2013.

Valor de las compensaciones vigentes en el sector a partir de 1º enero de 2022. $1762

Beneficio incluido en la 9ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2021.