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Viáticos
Categoría
Ronda vigente
2ª ronda

Viáticos.

 Se ajustan por el IPC del período pasado (01-01- 06 a 30-06-06) los valores de viáticos para todas las especialidades, en las condiciones fijadas en el decreto 154/987 artículo 3° literal a), a partir del 1° de julio de 2006: Viático para transporte nacional por almuerzo o cena $ 80,00. Viático para empresa afectada al puerto de Montevideo por almuerzo o cena $ 96,00. Viático por pernocte $ 88.00. Para la Rama B se fijan los mismos valores precedentes excepto para los viajes a las ciudades de Colonia y Punta del Este, en que se incrementarán estos viáticos de almuerzo o cena en 40%. Viático por locomoción $ 16.00. Este viático se pagará únicamente a los trabajadores de las categorías A2, A3, A4, A5, A6, B1, B2, E1, E2 y E3, por cada día trabajado. Los trabajadores indicados precedentemente, cuya jornada laboral comenzare antes de las 10 horas y se extendiera más allá de las 22 horas, recibirán un viático de locomoción de $ 20,00 adicional para ese día en particular.

Los trabajadores comprendidos en las categorías A7 y A9, percibirán un único viático de locomoción de $ 16,00 por cada jornal trabajado, cualquiera sea el horario que efectúen. Cualquiera de estos viáticos podrán también implementarse mediante la modalidad de "rendición de cuentas" fijándose como tope máximo para esta situación un 20% superior al valor fijado para el mismo. El trabajador que efectuó el gasto deberá firmar la factura correspondiente para que este gasto se deduzca fiscalmente. El personal comprendido en las categorías E1, E2, E3, E4, E5 y E6 percibirá un viático adicional, igual al fijado para cena en transporte nacional si debe ingresar a la empresa antes de la hora 05. Estos viáticos indicados precedentemente regirán a partir del 1° de setiembre de 2006, excepto el indicado de locomoción que regirá desde el 01-07-06. Los valores indicados de viáticos se ajustarán por el IPC (índice de precios al consumo) del semestre anterior el 01/01/07 y 01/07/07 respectivamente.