Cláusula de Paz y prevención y solución de conflictos:
1- Durante la vigencia del presente acuerdo los trabajadores y el SUCTRA no realizaran petitorios de mejoras salariales o relativos al establecimiento de nuevos beneficios, ni promoverán acciones gremiales de clase alguna, que tengan relación directa o indirecta con cualquiera de los aspectos y temas acordados o que hayan sido objeto de petición por el sindicato en el mercado de las negociaciones, aun cuando los mismos no hayan sido finalmente convenidos y recogidos en el presente Acuerdo de Consejo de Salarios. Queda exceptuadas las medidas de conflicto resueltas con carácter general por el PITCNT.
2- Las partes acuerdan que en caso de conflicto, antes de adoptar medidas de acción gremial de cualquier tipo, los involucrados agotaran las instancias de dialogo y negociación a efectos de encontrar soluciones al mismo y si ello no fuera posible se deberá someter el diferendo al Consejo de Salarios.