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Sector
Descansos en horarios de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Descansos en horarios de trabajo
Ronda vigente
3ª ronda

Descanso complementario. Los trabajadores que desempeñen las categorías de Operadores y Telemarketers tendrán un descanso diario complementario de 10 minutos en horarios intermedios además del descanso diario reglamentario. En jornadas menores a las 39 horas semanales este descanso complementario se otorgará en proporción a la extensión horaria semanal del trabajador. Esta disposición regirá a partir del 1º de enero de 2009.