- CONDICIONES DE TRABAJO
- Relevo
CONDICIONES ESPECIALES PARA LAS CATEGORÍAS ESPECIALIZADAS E1 a E6. El personal comprendido en las categorías E1, E2, E3, E4, E5 y E6 en caso de trabajar en cámaras de frío deberá tener relevo de 30 minutos al menos cada 45 minutos de labor.
Para estas condiciones la empresa deberá contar con equipo de abrigo adecuado que entregará al trabajador previamente a la tarea. Una vez finalizada la misma este equipo de abrigo deberá ser devuelto a la empresa.
Las empresas identificadas en el numeral decimosegundo, suministrarán ropa de trabajo dos veces al año, un equipo de camisa o remera y pantalón o mameluco para verano y otro para invierno. También entregarán cada dos años un equipo de lluvia y un par de botas. Los trabajadores que hubieran recibido estos implementos en el período anterior deberán devolverlos a la recepción del nuevo o justificar la imposibilidad de devolverlos, en caso de no hacerlo se les descontará la mitad del precio del nuevo. (Articulo 16 del convenio realizado el día 26 de Septiembre de 2006).