Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Prima por antigüedad
Ronda vigente
6ª ronda
Antigüedad. Las empresas pagarán por este concepto el equivalente a un 1% sobre el salario base de la categoría de Peón / Operario Común del presente laudo, a partir del tercer año de antigüedad corrido en la empresa, con un tope de 20 años. Para el cálculo de dicha antigüedad se tendrá en cuenta la fecha en que el trabajador haya quedado efectivo en la empresa.