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Día del trabajador del sector
Ronda de incorporación
Categoría
  • RÉGIMEN DE FERIADOS
  • Día del trabajador del sector
Ronda vigente
6ª ronda

DÍA DEL TRABAJADOR DEL SECTOR ARTÍCULOS VARIOS DE CAUCHO: Las partes acuerdan que el día 2 de noviembre de cada año, será el "Día del Trabajador del sector Artículos Varios de Caucho", considerándolo a todos los efectos como feriado no laborable, por lo cual dicha jornada el trabajador no concurrirá a trabajar, y se abonará 8 horas por parte de la empresa. Si ese día se trabaja efectivamente, las empresas deberán abonar las horas trabajadas de la forma legal correspondiente al feriado no laborable. (Articulo 5 del convenio realizado el día 6 de diciembre de 2016).