Cláusula séptimo: Comisiones de trabajo “Las partes acuerdan la conformación de dos Comisiones bipartitas de trabajo sobre los siguientes temas:
1. Comisión para el análisis de un proyecto de creación del Fondo Social Citrícola. Esta Comisión se reunirá a partir del mes de setiembre del año 2024 y se integrará con dos representantes de cada sector (Sector Trabajador y Sector Empleador). Los delegados del Poder Ejecutivo de este grupo de actividad facilitarán las instancias que requiera la Comisión y darán seguimiento a sus actuaciones.
2. Comisión para el análisis de categorías. Esta Comisión se reunirá a partir del mes de setiembre del año 2024 y se integrará con dos representantes de cada sector (Sector Trabajador y Sector Empleador). En atención a las particularidades del sector, las partes entienden la necesidad de analizar las categorías y sus descripciones. Los delegados del Poder Ejecutivo de este grupo de actividad facilitarán las instancias que requiera la Comisión y darán seguimiento a sus actuaciones.”