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Quebranto de caja
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Quebranto de caja
Ronda vigente
7ª ronda

Toda persona que tenga a su cargo funciones que impliquen manejo de valores percibirá un quebranto de caja, que se establece en función de una carga horaria semanal de 44 horas, el que se prorrateará de acuerdo al horario efectivamente realizado y variará de acuerdo al grado de responsabilidad de la siguiente manera:

a)     Cajero Cobranzas y Pagos (Ej.:ABITAB, REDPAGOS)- $ 3196 (tres mil ciento noventa y seis)

b)    Cajero Liquidador – $ 6386 (seis mil trescientos ochenta y seis)

c)     Cajero Tesorero – $ 12779 (doce mil setecientos setenta y nueve pesos uruguayos)

Las partidas por quebranto son nominales y se ajustarán anualmente cada 1º de julio por el IPC de los doce meses anteriores. Cada cuatro meses se hará la liquidación y se pagará el 50% del saldo (partidas generadas menos quebrantos observados). El restante 50% del saldo quedará en cuenta para cobertura de futuros quebrantos; este saldo no superará el monto correspondiente a 6 quebrantos.

Las partes acuerdan que en un plazo no mayor a 90 días definirán los aspectos de responsabilidad ante faltantes de los funcionarios que transporten valores.