Reducción de la jornada laboral
Ronda de incorporación
Categoría
- REDUCCIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO
- Reducción de la jornada laboral
Ronda vigente
5ª ronda
LIMITACIÓN DE LA JORNADA.
La jornada de trabajo no será mayor a cuarenta y cuatro horas semanales, sin perjuicio de las excepciones previstas para casos especiales, en los convenios internacionales de trabajo y en la legislación nacional referida a horas extras.