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Otras condiciones de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
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Ronda vigente
5ª ronda

Régimen disciplinario

Las sanciones aplicables a los empleados de la rama son leves o graves. Se consideran leves a las observaciones, los apercibimientos y las amonestaciones. Se consideran graves las rebajas de cargo, las suspensiones y el despido.

Si la sanción leve fuera verbal, el sancionante deberá elaborar un memorando detallando la sanción y los motivos que la provocaron. Toda sanción grave deberá notificarse por escrito, y en los casos en que la sanción –tanto leve como grave- fuera notificada por escrito, el empleado podrá efectuar sus descargos por la misma vía dentro de las noventa y seis horas hábiles. En todos los casos se dejará constancia de la sanción en el legajo personal del trabajador.