Licencia por estudio
Ronda de incorporación
Categoría
Ronda vigente
7ª ronda
LICENCIA POR ESTUDIO: Las partes acuerdan establecer el siguiente régimen de fraccionamiento de la licencia anual por estudio,
entendiéndolo como más beneficioso que el dispuesto por el artículo 2 de la Ley 18.345 en la redacción dada por la Ley 18.458: - El trabajador podrá fraccionar los días que le correspondan por estudio o hacer uso del máximo de días en una única vez. -El criterio de usufructo de la licencia será facultad del trabajador, debiendo comunicar a la institución con una antelación no menor
a 10 días corridos al comienzo del uso de la misma y deberá exhibir la constancia correspondiente de la prueba o examen. (Articulo 15 del convenio realizado el día 28 de noviembre de 2018).