- CLÁUSULAS OBLIGACIONALES
- Paz laboral; procedimientos de prevención y solución de conflictos y procedimientos de denuncia.
DÉCIMO SEXTO: Cláusula de paz - Durante la vigencia de este convenio y salvo los reclamos que individual o colectivamente pudieran producirse por incumplimiento del mismo, el sector trabajador se compromete a no formular planteos de naturaleza salarial alguna, ni desarrollar acciones gremiales en tal sentido, a excepción de las medidas resueltas con carácter general por la Central de Trabajadores (PIT-CNT) o de la Unión Nacional de Trabajadores del Metal y Ramas Afines (UNTMRA).
DÉCIMO SÉPTIMO: Prevención de conflictos - En caso de situaciones o diferencias entre trabajadores y empresarios del sector que puedan derivar en la eventual detención de tareas, con pérdida de salarios para los trabajadores y pérdida de productividad para las empresas, las partes buscaran su solución a través de instancias de negociación bipartita y en caso de que aún persistiere desacuerdo, se requerirá la participación de la Dirección Nacional de Trabajo (DINATRA) como mediadora y de ser necesario al Consejo de Salarios del Grupo respectivo. Leída, se suscriben 5 ejemplares del mismo tenor en lugar y fecha antes indicados. Votación: Presentada en el ámbito del Consejo de Salarios del Grupo 19 la propuesta que antecede, es aprobada por mayoría simple, contando con el voto favorable de los delegados del sector trabajador y del sector empresarial, con la abstención de los delegados del Poder Ejecutivo.