Régimen de pago de horas excepcionales
Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Régimen de pago de horas extraordinarias
Ronda vigente
7ª ronda
Prima por continuidad en la actividad portuaria (lluvia, altura y trabajo sucio):
Esta prima se abonará a todos los trabajadores que pudieran verse afectados por una o más de las contingencias del título y por las horas efectivamente trabajadas. Esta prima se abonará se den o no dichas condiciones de trabajo (lluvia, altura y trabajo sucio), con vigencia a partir del 01/07/16 y su valor es el equivalente al 8%.
Ambas primas precedentes (nocturnidad y esta) se calcularán separadamente sobre el valor hora nominal cobrado por el trabajador. A éstos efectos se considera valor hora nominal el cobrado por concepto de: salario básico, extras, feriados y descansos trabajados.