- LICENCIAS ESPECIALES
- Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Cuidado de hijos. Se acuerda otorgar a cada trabajador dos (2) días pagos por año, equivalente a dieciséis (16) horas anuales, para el cuidado de hijos menores de 18 años que se encuentren en internación hospitalaria o domiciliaria. La licencia podrá utilizarse en días completos o en horas, hasta agotar el total anual de dieciséis horas, no pudiendo solicitarse períodos inferiores a cuatro (4) horas por vez. Al momento de su reintegro, el trabajador deberá presentar la constancia que acredite la internación. De cumplir alguna de las condiciones establecidas, el trabajador no tendrá derecho al cobro del salario y/o jornal o jornales correspondientes. El uso de este derecho no generará descuento en la prima por presentismo que pudiere existir, ni afectación salarial alguna.