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3ª ronda

Descanso semanal

A partir del 1º de Julio de 2008: En cada empresa, se podrá acordar bipartitamente mediante convenio colectivo, la acumulación del descanso semana

Descanso semanal

A partir del 1º de Julio de 2008: En cada empresa, se podrá acordar bipartitamente mediante convenio colectivo, la acumulación del descanso semana

Descanso semanal

A partir del 1º de Julio de 2008: En cada empresa, se podrá acordar bipartitamente mediante convenio colectivo, la acumulación del descanso semana

Descanso semanal

A partir del 1º de Julio de 2008: En cada empresa, se podrá acordar bipartitamente mediante convenio colectivo, la acumulación del descanso semana

Descanso semanal

A partir del 1º de Julio de 2008: En cada empresa, se podrá acordar bipartitamente mediante convenio colectivo, la acumulación del descanso semana

Otras condiciones de trabajo

Las empresas deberán cumplir con el decreto 291/07, conforme a la reglamentación que al respecto dicte el Ministerio de Trabajo y

Viáticos

VIÁTICOS 1 - Todo trabajador que realice tareas fuera del departamento donde se desarrolla su tarea habitualmente, percibirá además de su salario u