Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Pagos extraordinarios
Ronda vigente
7ª ronda
Premio Retiro: A partir del 1° de enero de 2019, los trabajadores que cuenten con una antigüedad igual o mayor a 15 años en la empresa y que se retiren con el fin de acoger al beneficio jubilatorio, tendrán derecho a percibir en carácter de gratificación una partida equivalente a su último salario nominal mensual o en el caso de los jornaleros el promedio de lo percibido en los últimos tres meses de trabajo.-