Sueldo anual (salario vacacional) complementario
Ronda de incorporación
Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Sueldo anual (salario vacacional) complementario
Ronda vigente
7ª ronda
Partida complementaria del Salario Vacacional: Los trabajadores que en el transcurso del año 2018 registren 5 o más años de antigüedad en la empresa, tendrán derecho a percibir una partida adicional y complementaria al Salario Vacacional que le corresponda como aplicación de las normas legales vigentes. La misma será de un 10 % sobre su valor y deberá abonarse a todas las licencias que se gocen a partir del 1° de enero de 2019. Tendrán también derecho a esta partida, todos aquellos trabajadores que alcancen los 5 años y el beneficio deberá serles abonado a partir de la licencia que gocen el año siguiente y que cumplan la referida antigüedad.