Pasar al contenido principal
Otros beneficios monetarios
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Otros beneficios monetarios
Ronda vigente
6ª ronda

Pago de complemento

 

En los casos de envíos al Seguro de Paro por falta de trabajo, las empresas abonarán el pago de un complemento al personal en seguro de desempleo, en el tercer y cuarto mes del mismo. El referido complemento será de un 10% sobre el salario vigente al momento del envío  al trabajador no encontrándose dichos pagos gravados por aportes a la seguridad social conforme lo establece el párrafo final del artículo 160 de la ley 16.713.