Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Cuidados | Actualización de cláusulas
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Ronda
7ª ronda

Licencias especiales para padres/madres con hijos discapacitados y familiares con enfermedades terminales.

Se otorgarán hasta 2 días libres pagos por año a los trabajadores/as que tengan hijos discapacitados o familiares directos (padres, hijos, cónyuges o concubinos) con enfermedades terminales. Accederán a este beneficio trabajadores/as cuyos hijos/as estén inscriptos/as en el Registro Nacional de Discapacidad del PRONADIS (MIDES) y/o declarados/as incapaces por el BPS. A los efectos de percibir la remuneración se deberá acreditar con la certificación correspondiente. En caso de que la certificación exceda los 2 días antes mencionados, los días que excedan se considerarán como "falta justificada”. Los días no utilizados no se acumularán año a año y podrán gozarse conjunta o fraccionada coordinando siempre con la empresa.

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