Pago de traslados
Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Pago de traslados
Ronda vigente
1ª ronda
Otros
Los trabajadores que hayan acordado con el empleador el traslado en vehículos para concurrir a su trabajo, serán recogidos en los lugares previamente acordados con una antelación no superior a la necesaria para llegar al trabajo a la hora que corresponda, en ningún caso habrá más de una hora de antelación con relación al inicio del trabajo. Del mismo modo tendrán la locomoción a su disposición no mas allá de quince minutos de haber terminado su horario, se cumplirá estrictamente con los horarios y recorridos acordados salvo imprevistos excepcionales.