Categoría
Ronda vigente
10ª ronda
CONVENIO COLECTIVO 25 DE MAYO 2025
ADELANTOS. Todos los trabajadores, cualquiera sea su régimen de cobro, tendrán derecho a percibir un adelanto semanal cuyo monto no podrá ser inferior al 50 % de lo ganado en la semana, ni superior al 70% de lo generado en dicho período. El adelanto se abonará en un día hábil determinado previamente por cada empresa.