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Sector
Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Cuidados | Actualización de cláusulas
Ronda de incorporación
Categoría
  • LICENCIAS ESPECIALES
  • Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Ronda vigente
7ª ronda

Séptima ronda: Licencias Especiales: 

Se otorgarán tres días libres pagos al año, a los trabajadores que tengan familiares directos con enfermedades terminales, los que podrán tomarse en jornadas completas o medias jornadas. En caso de que ambos padres trabajen en el mismo establecimiento, solo uno podrá hacer uso del beneficio. Los días no utilizados no son acumulables año a año y para ser gozados deberá coordinarse previamente con la empresa y justificar con la documentación posteriormente.

Quinta ronda: LICENCIA POR HIJOS DISCAPACITADOS: 

Se otorgará hasta 5 (cinco) días de licencia especial remunerada por año, no acumulable a los años subsiguientes, a los trabajadores que tengan hijos discapacitados. En caso de que se excedan los 5 (cinco) días; estos no serán remunerados. Se consideran discapacitados a los efectos de este convenio, las personas inscriptas en el Registro Nacional de Discapacidad del PRONADIS (MIDES) y/o declarado incapaz por el Banco de Previsión Social. A los efectos de que el trabajador pueda acceder a la remuneración de la presente licencia, deberá presentar la pertinente certificación médica y la constancia del trámite o servicio al que debió acudir.