Categoría
- LICENCIAS ESPECIALES
- Licencia por duelo
Ronda vigente
2ª ronda
Fallecimiento de familiar directo:
En caso de fallecimiento de cónyuges, padres, hijos o hermanos, los trabajadores dispondrán de dos días calendario y consecutivos, incluyendo el día del deceso. A partir de 200 KM del lugar de trabajo se otorgará un día más de licencia