Pasar al contenido principal
Capacitación y formación para el desempeño de tarea
Ronda de incorporación
Categoría
  • CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - TALLERES ESPECÍFICOS
  • Capacitación y formación para el desempeño de tarea
Ronda vigente
4ª ronda

DERECHO A CAPACITACIÓN: Los trabajadores tendrán derecho a recibir hasta sesenta horas u ocho días de capacitación en cursos auspiciados por la Mesa Intergremial de Transporte Profesional de Carga, que serán costeados por la empresa
donde presten sus servicios, teniendo la obligación de concurrir a los mismos. En estos casos y aunque no se considere tiempo trabajado, las empresas le abonarán el equivalente a un jornal y un viático, percibido por el trabajador, por cada día de
capacitación recibida. Si reprobara los cursos en tres oportunidades perderá este Derecho, sin perjuicio de no afectar su actividad laboral. Este derecho queda sujeto a cupo o disponibilidad en los cursos. En caso de que los cursos se dicten fuera del radio
de la empresa los gastos de traslado de los trabajadores serán de cargo de la empresa contra presentación de documentos.
Si la empresa envía al trabajador por su cuenta a realizar otros cursos que no cuenten con el ausipicio de I.T.P.C el tiempo que insuman tales cursos se considerará tiempo trabajado. Si los cursos son a solicitud del trabajador no se considera tiempo trabajado el tiempo que insuman salvo acuerdo de partes en forma diferente. (Articulo 4 del convenio realizado el día 26 del mes de mayo de 2011).