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Viáticos
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Viáticos
Ronda vigente
9º Ronda
Viáticos 1) Todo trabajador que realice tareas fuera del departamento donde se desarrolla su tarea habitualmente, percibirá además de su salario un suplemento por día, del 60% sobre el mismo si la extensión de las mismas es inferior a 15 días, y de un 50% para el caso de que dichas tareas se extiendan por un plazo mayor a 15 días. 2) Cuando al trabajador se le asigne tareas a una distancia entre 100 y 199 kilómetros del lugar de auxilio, se le abonaran un viático de 555 pesos, para el caso de que la distancia sea entre 200 y 299 kilómetros, dicho viático será de 692 pesos, si la distancia fuera de 300 kilómetros o mas dicho viático será de 1061 pesos. Pasados los 450 kilómetros de distancia de auxilio, el trabajador pernoctará y volverá al otro día, correspondiéndole viático de 2 días. Dichos viáticos, en adelante se ajustarán en igual porcentaje y oportunidad que los salarios mínimos por categorías. Las relaciones entre escalas salariales de las categorías que requieran instrucción regulada y reconocida por la autoridad pública o privada, serán establecidas en el presente convenio. Para las categorías sin escalas establecidas el laudo de referencia, se procederá por analogía.