Licencia por violencia basada en género
Categoría
Ronda
9º Ronda
En aquellos casos en que la trabajadora sea víctima de violencia de género, comprobada a través de denuncia policial o penal correspondiente, las empresas otorgarán 1 día pago por año, adicional a la licencia extraordinaria prevista en el art. 40 lit. B de la ley N° 19.580 (Ley de violencia hacia las mujeres basada en género). Consecuentemente serán tres días pagos.