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Régimen de pago de horas excepcionales
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Régimen de pago de horas extraordinarias
Ronda vigente
3ª ronda

Prima por continuidad operativa (lluvia, altura y trabajo sucio):

Esta prima se abonará a todos los trabajadores que pudieran verse afectados por una o más de las contingencias del título y por las horas efectivamente trabajadas. Esta prima se abonará se den o no dichas condiciones de trabajo (lluvia, altura y trabajo sucio), con vigencia a partir del 01.01.09 con un porcentaje equivalente al 2% sobre el valor hora y pasará a un 5% sobre el valor hora a partir del 01.01.10. Ambos porcentajes no son acumulativos.