Categoría
Ronda vigente
6ª ronda
DÍA ADICIONAL DE LICENCIA REGLAMENTARIA: A partir del 1 de enero de 2017 los trabajadores de la empresa comprendidos en este convenio colectivo que tengan tres años de antigüedad en la empresa al 31 de diciembre de 2016, gozarán en forma adicional a los días de licencia anual reglamentaria o legal que hayan generado, un día de licencia. En los años sucesivos, para tener derecho a este beneficio, se deberá cumplir los tres años de antigüedad, antes del 30 de junio de cada año. Este día adicional de licencia, generará su correspondiente salario vacacional legal. (Articulo 17 del convenio realizado el 6 de diciembre de 2016).