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Viáticos
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Viáticos
Ronda vigente
11ª ronda

Viáticos: 1) Todo trabajador que realice tareas fuera del departamento donde se desarrolla su tarea habitualmente, percibirá además de su salario un suplemento por día del 60 % sobre el mismo, si la extensión es inferior a 15 días, y de un 50 % para el caso que dichas tareas se extiendan por un plazo mayor a 15 días. Se exceptúan los traslados del pago de este viático. 2) Cuando al trabajador se le asigne tareas a una distancia entre 100 y 199 kilómetros del lugar del auxilio, se le abonará un viático de $ 699; para el caso de que la distancia sea entre 200 y 299 kilómetros, dicho viático será de $ 876; si la distancia fuera de 300 kilómetros o más dicho viático será de $ 1341. Pasados los 450 kilómetros de distancia de auxilio, el trabajador pernoctará y volverá al otro día, correspondiéndole un adicional del 60% de cada jornal. 3) En el caso de traslados dobles (dos vehículos simultáneamente), a partir del 1º de enero de 2016 se abonará un 50% adicional sobre el valor del viático correspondiente. Para el caso de los viajes que superen los 450 kms, el viático adicional será el fijado para la escala inmediatamente anterior, o sea el correspondiente hasta 449 kms. Dichos viáticos, en adelante se ajustarán en igual porcentaje y oportunidad que los salarios. Las relaciones entre escalas salariales de las categorías que requieran instrucción regulada y reconocida por la autoridad pública o privada, serán establecidas en el presente convenio. Para las categorías sin escalas establecidas el laudo de referencia, se procederá por analogía.